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Trabajador autónomo gestionando su actividad desde un portátil

Los autónomos no regularizarán las bases de los meses en los que cobren determinadas prestaciones

El nuevo Real Decreto-ley 31/2026 modifica una cuestión especialmente técnica del sistema de cotización de autónomos: determinadas bases de cotización pasarán a ser definitivas y no se someterán a la regularización posterior por rendimientos cuando estén vinculadas al cálculo o percepción de prestaciones.

Qué meses quedan protegidos

La norma excluye de regularización las cotizaciones de los meses cuyas bases se hayan utilizado para calcular una prestación económica reconocida antes de la regularización. También quedan protegidas determinadas bases posteriores hasta el mes en que se produzca el hecho causante.

Prestaciones durante las que la base será definitiva

La norma cita expresamente periodos de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o la lactancia, nacimiento y cuidado de menor, ejercicio corresponsable del cuidado del lactante, cuidado de menores con cáncer u otra enfermedad grave, cese de actividad y determinados mecanismos para la sostenibilidad de la actividad.

Por qué importa en el sistema por ingresos reales

Desde que las cuotas de autónomos se ajustan en función de rendimientos, la regularización anual puede modificar las bases inicialmente elegidas. Si una de esas bases sirvió para calcular una prestación, revisarla después podría alterar indirectamente la cuantía reconocida. La reforma pretende cerrar esa incertidumbre dando carácter definitivo a esos meses.

Qué conviene revisar con la asesoría

Los autónomos que hayan cobrado alguna de estas prestaciones deberían comprobar qué meses quedan excluidos de regularización y cómo aparece esa información en sus datos de cotización. Si existe una diferencia con los rendimientos declarados, no debe asumirse automáticamente que todos los meses se ajustarán de la misma forma.

La modificación figura en el Real Decreto-ley 31/2026 del BOE.

Qué deberían revisar ahora empresas y asesorías

La publicación en BOE obliga a revisar procedimientos internos, nóminas y comunicación con las personas trabajadoras. Conviene contrastar el cambio con la información de Empresas, Autónomos, Fiscalidad, Economía, Ciberseguridad y Tecnología. En cambios laborales y de cotización, la prioridad práctica es documentar desde qué fecha se aplica cada medida y qué sistemas de nómina o gestión deben actualizarse.

Fotografía: Ono Kosuki / Pexels.

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