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Autónoma revisando documentación de facturación electrónica en su ordenador

Hacienda activa el calendario de la factura electrónica B2B: fechas clave para autónomos y pymes

Hacienda ha dado este 5 de octubre de 2026 uno de los pasos decisivos para desplegar la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales. El BOE publica la Orden HAC/1028/2026, que regula los elementos técnicos y funcionales de la solución pública de facturación electrónica gestionada por la Agencia Tributaria y, sobre todo, activa el cómputo de los plazos de aplicación del nuevo sistema.

La consecuencia práctica es que autónomos, pymes y grandes empresas ya tienen un calendario concreto para preparar sus procesos de emisión y recepción de facturas B2B.

Qué ha publicado Hacienda

La nueva orden desarrolla la solución pública prevista en el Real Decreto 238/2026. El sistema español combinará la plataforma pública de la AEAT con plataformas privadas de intercambio. Los empresarios y profesionales podrán emitir y recibir facturas a través de una u otra vía, o mediante una combinación de ambas.

La orden entra en vigor el 6 de octubre de 2026. Desde ese momento empieza a correr el plazo establecido por el Real Decreto: doce meses para los empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones haya superado los 8 millones de euros en el año natural anterior y veinticuatro meses para el resto.

Las fechas que deben marcar autónomos y pymes

Con el calendario actual, las empresas que superen los 8 millones de euros entrarán en la aplicación efectiva del sistema el 6 de octubre de 2027. Para el resto de empresarios y profesionales, incluidos la mayoría de autónomos y pequeñas empresas, la fecha será el 6 de octubre de 2028.

Esto no significa que convenga esperar hasta el último momento. El cambio afecta tanto a la emisión como a la recepción de facturas. Una empresa deberá poder enviar facturas electrónicas a sus clientes empresarios y, al mismo tiempo, recibir las de sus proveedores dentro del sistema.

BlackHold News ya explicó las diferencias entre Veri*Factu y la factura electrónica B2B, dos obligaciones relacionadas con la digitalización de la facturación pero que no deben confundirse.

Una factura electrónica no será simplemente un PDF

El núcleo técnico de la solución pública se basará en el modelo europeo EN 16931 y en sintaxis UBL. Cuando una empresa utilice una plataforma privada y no emplee la solución pública para emitir o interconectar la factura, deberá remitirse simultáneamente una copia electrónica fiel en UBL a la solución pública de la AEAT.

La propia plataforma pública actuará además como repositorio de las facturas electrónicas y permitirá consultar y recuperar facturas, copias fieles y estados asociados.

Por tanto, el cambio es más profundo que sustituir una factura en papel por un archivo PDF. Los programas de facturación tendrán que ser capaces de trabajar con información estructurada, interoperar con el nuevo sistema y gestionar las respuestas de aceptación o rechazo.

Hacienda también conocerá los estados de la factura

El nuevo modelo incorpora información sobre el ciclo de vida de la factura. El destinatario deberá comunicar determinados estados, como el rechazo y el pago efectivo completo, mientras que el emisor podrá informar del cobro o del impago y de posibles discrepancias. La finalidad declarada de la reforma es mejorar la información disponible sobre los plazos reales de pago y combatir la morosidad comercial.

Las facturas dispondrán además de una identificación única basada en el NIF del emisor, la serie, el número y la fecha de expedición.

Qué debería hacer ahora un autónomo

No es necesario migrar mañana de programa, pero sí conviene comprobar si el software utilizado tiene un plan real para adaptarse al sistema B2B. La pregunta ya no debería ser únicamente si genera PDF o si está preparado para Veri*Factu, sino si podrá emitir y recibir factura electrónica estructurada, conectarse con la AEAT, recuperar facturas y gestionar sus estados.

También será importante mantener actualizados los datos de clientes y proveedores, series de facturación, vencimientos y medios de pago. Cuanto más estructurada esté ahora la información, más sencilla será la transición.

Hasta ahora muchas empresas han seguido el calendario general de la factura electrónica obligatoria. La publicación de la Orden HAC/1028/2026 convierte ese calendario en una cuenta atrás operativa.

Para seguir preparando el cambio también puedes consultar la comparativa entre la aplicación gratuita de la AEAT y el software privado, las alternativas a Excel para facturar, la sección de software para empresas y la cobertura específica sobre factura electrónica.

Fuente oficial

La información procede de la Orden HAC/1028/2026 publicada en el BOE y del Real Decreto 238/2026.

Fotografía: https://kaboompics.com/ / Pexels.

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