La Junta de Andalucía ha modificado el Plan Renove Vehículos para ampliar los beneficiarios a todas las empresas y a particulares y elevar el incentivo hasta 4.000 euros por vehículo. La orden, publicada el 5 de octubre, mejora además las condiciones para las furgonetas y permite que determinadas solicitudes ya concedidas o en tramitación puedan acogerse al nuevo importe. El plazo general permanece abierto hasta el 15 de noviembre de 2026 salvo cierre previo.
Qué cambia con la nueva orden
El programa nació orientado inicialmente al colectivo autónomo y ahora incluye personas jurídicas que desarrollan actividad económica y personas físicas sin actividad empresarial, siempre que cumplan los requisitos territoriales y del programa. La cuantía del incentivo aumenta en 1.000 euros y queda fijada en 4.000 euros por vehículo.
También se amplía el catálogo de vehículos subvencionables. Además de turismos M1 con determinados límites de emisiones, se incorporan furgonetas N1 de hasta 3.500 kilos con un umbral adaptado a la oferta del mercado. La norma flexibiliza además la exigencia de que el vehículo que se achatarra sea propiedad del beneficiario.
Qué empresas pueden beneficiarse
Las personas físicas y jurídicas que realizan actividad económica deben tener domicilio fiscal o establecimiento en Andalucía y estar dadas de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. El vehículo antiguo debe cumplir los requisitos de antigüedad, matriculación e ITV y tramitarse su baja definitiva.
Qué conviene revisar antes de comprar
La empresa no debería firmar una operación pensando únicamente en la ayuda. Conviene comprobar el modelo, emisiones, precio, fecha de matriculación y documentación de achatarramiento antes de comprometerse. También debe verificarse cómo se solicita el incentivo y en qué momento puede ejecutarse la compra para no perder elegibilidad.
La lectura empresarial
Para autónomos con actividad comercial, reparto o asistencia técnica, la inclusión de furgonetas puede ser especialmente relevante. Un vehículo más eficiente reduce consumo y mantenimiento, pero la decisión debe evaluarse en coste total: financiación, seguro, depreciación y kilometraje anual.
La modificación contempla un régimen transitorio favorable. Solicitudes en tramitación e incluso expedientes ya concedidos pueden acceder al aumento si cumplen las condiciones y lo solicitan expresamente.
Fuentes oficiales
La Junta explica la modificación en su nota oficial y la orden se publicó en el BOJA el 5 de octubre.
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Fotografía: Luke Miller / Pexels.

